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Preguntas frecuentes

El plazo para reclamar una indemnización por lesiones y daños derivados de un accidente de tráfico será de un año desde que se produjo el accidente. En caso de lesiones, el cómputo se inicia desde el momento en que se produce la estabilización de las lesiones.

En caso de que no quieran firmar la declaración amistosa del accidente lo más importante es llamar a la Policía Local o a la Guardia Civil, tomar fotografías del accidente, y apuntar matrículas y datos del contrario.

En caso de que no tengamos datos personales del contrario porque se ha dado a la fuga, debemos llamar a las autoridades para dejar constancia del accidente y dirigirnos frente al Consorcio de Compensación de Seguros.

En cualquier caso habrá que atender al contenido de la póliza. La mayoría de las pólizas contemplan la libre designación de abogado y procurador, debiendo examinar asimismo el contenido de la póliza para determinar hasta que límite cuantitativo establece la póliza.

Las compañías aseguradoras están obligadas a indemnizar al perjudicado del accidente a pesar de que su asegurado haya dado positivo en alcohol. Los incumplimientos de la póliza los podrá oponer a su asegurado pudiendo repercutir todas las cantidades abonadas al perjudicado.

El conductor de una bicicleta o de un patinete eléctrico esta sujetado al Reglamento General de la Circulación, y por ende, pueden ser sometidos a controles de alcoholemia en los mismos supuestos que los conductores de vehículos a motor o ciclomotores.

Recordar que la tasa máxima permitida para circular en bicicleta o patinete eléctrico es la misma que para los conductores ciclomotores o vehículos a motor ( 0,5g/l de alcohol en sangre o 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado). Asimismo, cabe precisar que el hecho de dar positivo en las pruebas de alcoholemia no supone la comisión de ningún ilícito penal, puesto que únicamente se puede cometer el delito cuando se produzca con un vehículo a motor.

La negligencia médica la podemos definir como una “mala praxis” que puede suceder en el ámbito clínico o hospitalario, por acción o omisión de un profesional, centro o administración sanitaria. La “mala praxis” puede producirse por una actuación o omisión médica no ajustada a la “lex artis ad hoc”, esto es la actuación diligente en cada caso concreto y al estado del conocimiento de la ciencia i de la técnica en cada momento, cumpliendo con los protocolos sanitarios o estándares de la profesión.

Únicamente podremos reclamar una negligencia médica cuando se haya producido un daño real, efectivo y evaluable económicamente. Además, la víctima debe probar la relación causal entre el daño producido y la actuación médica, excepto en los casos flagrantes y evidentes en los que se invierte la carga de la prueba que se trasladará al centro médico, hospital o profesional, quiénes tendrán que acreditar que su actuación se ha realizado de forma correcta, de acuerdo con la “lex artis ad hoc”.

Los premisas básicas para reclamar responsabilidades por negligencia médicas son; 1) acreditar la mala praxis; 2) que se haya producido un daño real efectivo y evaluable; y acreditar la relación de causalidad entre la negligencia médica y el daño producido.

Un factor clave en un procedimiento por negligencia médica es contar con los servicios de un perito médico especialista, pues de su pericia, junto con la intervención letrada dependerá el éxito de la reclamación.

Los plazos para interponer la reclamación dependerán de donde se haya producido la actuación médica, si en el ámbito público o en el ámbito privado.

En la sanidad privada puede varias en función de diversas situaciones:

  1. Reclamación contra facultativo médico o centro médico en el que haya una relación contractual: El plazo establecido en el artículo 1964 del Código Civil es de 5 años
  2. Reclamación contra un profesional de un centro médico con el que existe una relación contractual. En este caso, la relación con el profesional es extracontractual de manera que el plazo para la interposición de la reclamación frente al centro médico donde haya realizado sus trabajos el profesional será de un año.

En la sanidad pública: El plazo de prescripción es de un 1 año, siendo el  días a quo el momento en que se conoce el alcance de los daños producidos por la negligencia y se poden cuantificar, por lo que, cuando nos encontramos en lesiones o enfermedades, el plazo empieza a contar desde el momento en que se produce la curación o la estabilización de las lesiones. Sin embargo, en caso de muerte, el plazo empezaría a contar a partir del día en que se produzca el fallecimiento.

En ningún caso el centro médico o hospital puede negarse a facilitarle el historial médico. Tanto El Reglamento General de Protección de Datos como la Ley Orgánica de Protección de Datos personales y garantía de derechos digitales vienen reconocidos una serie de derechos, entre los cuáles a éste tipo de datos clínicos.

De igual manera, la Ley Básica de Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica (Ley 41/2002) recoge de forma categórica el “paciente tiene derecho de acceso a la documentación del historial clínico y a la obtención de copia de las datos que recogen”.

En caso de personas fallecidas, tanto familiares como otras personas perjudicadas pueden tener acceso a estos datos personales.

Mi motor es brindar un acompañamiento profesional integral al cliente.

Sobre mí

Me licencié en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Autónoma de Barcelona, realizando posteriormente el máster de acceso a la abogacía en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Actualmente, estoy cursando máster en Responsabilidad Civil y Accidentes de Circulación en la Universidad de Granada

He participado en multitud de cursos y congresos de Responsabilidad Civil, con el objeto en de estar al día de las novedades legislativas y jurisprudenciales.

Mallorquín de nacimiento, me considero un amante del triatlón, por la capacidad de libertad que me transmite, lejos de las rutinas, y por los valores de superación perseverancia y constancia.

Igualmente, me considero una persona viejera y aventurera, con una gran predilección por los viajes en bicicleta, por el desafío físico y mental que plantean, y por los lugares idílicos que te permite descubrir.

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